SELLO VERDE
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- La certificación de instalaciones para la obtención del sello verde, se debe realizar con una empresa externa a la compañía suministradora
- Los edificios de hasta 4 pisos no están obligados por ley a someterse a la certificación que se debe realizar cada dos años. Sólo si la comunidad en asamblea establecen esta opción se puede hacer.
- Para los otros casos el cliente en cuestión deberá hacerlo en forma particular con una empresa certificadora autorizada por SEC, o con un instalador clase 3 que gestione este certificado en la SEC.
- Los antecedentes de las empresas certificadoras se obtienen en la página web de la SEC: http://www.sec.cl/portal/page?_pageid=33,3429549&_dad=portal&_schema=PORTAL
- Se debe informar a los clientes que la información legal puede ser revisada en la página de la Superintendencia, ahí están todos los términos legales y se encuentra el listado de personal autorizado para realizar las certificaciones.